El 5 de agosto de 2021, el Presidente de la República del Ecuador suscribió el Decreto Ejecutivo No. 151, mediante el cual expidió el “Plan de Acción para el sector Minero del Ecuador”, a ser implementado en los siguientes 100 días con la finalidad de promover la innovación, tecnología e investigación en todos los niveles del sector, así como su desarrollo y el respeto de los derechos mineros y de los inversionistas.
El Plan de Acción para el sector Minero está estructurado sobre 4 ejes fundamentales, que son los que se detallan a continuación y que incluyen las siguientes acciones:
1. Promoción de Mejores Prácticas Sociales y Ambientales:
Como objetivo principal se busca desarrollar una minería eficiente, ambiental y socialmente responsable;
Se incentivará la adopción de prácticas sociales y ambientales responsables, fortaleciendo así la institucionalidad del control del Estado en el sector Minero;
Se difundirá a nivel nacional las condiciones en las que la industria debe desarrollarse, en beneficio de las comunidades, de la ciudadanía y del medio ambiente;
Se implementarán programas de capacitación sobre actividades mineras en las zonas de impacto directo o indirecto de los proyectos mineros;
Se impulsará la generación de normativa sobre procesos de consulta previa, libre e informada.
2. Atracción de Inversiones:
La Empresa Nacional Minera ENAMI EP tomará acciones para desarrollar y facilitar acuerdos asociativos que permitan la participación de inversionistas privados en proyectos a su cargo;
Se impulsará la adopción de prácticas internacionales para un desarrollo responsable del sector;
Dentro del plazo de 3 meses, el Ministerio de Recursos Naturales no Renovables deberá modificar el Instructivo de Otorgamiento de Concesiones Mineras de Minerales Metálicos;
Se agilitará la ejecución de proyectos estratégicos mineros.
3. Combatir la Explotación Ilícita de Minerales:
Se diseñará una estrategia integral para la prevención, combate y aplicación de sanciones para la explotación ilícita de minerales;
El Estado se compromete a erradicar la explotación ilícita de minerales a través de acciones coordinadas con distintas instituciones de este;
En el plazo de un mes, se convocará a la Comisión Especial para el Control de la Minería Ilegal – CECMI para intervenir de manera urgente y prioritaria en zonas donde existen actividades de explotación ilícita de minerales.
4. Transparencia:
Dentro del plazo de 3 meses, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables deberá emitir un informe con el detalle de los derechos mineros bajo régimen especial de gran minería, mediana minería, pequeña minería y minería artesanal vigentes en el Ecuador;
Se determinará el estado actual del registro minero y sus necesidades inmediatas para garantizar un proceso de otorgamiento de concesiones mineras transparente y eficiente;
Dentro del plazo de 3 meses, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables deberá implementar un plan de acción para desarrollar una herramienta tecnológica que permita al Estado tener un adecuado ejercicio de la administración de derechos mineros.
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